Nota simple: cómo pedirla online y qué te dice (y qué no) antes de comprar

La nota simple es un extracto breve del Registro de la Propiedad. Muestra quién es el propietario de un inmueble y qué hay inscrito sobre él: hipotecas, embargos, usufructos. Puedes pedirla online a los Registradores por 9,02 € más IVA, para un piso en cualquier lugar de España, sin el consentimiento del propietario, aunque debes indicar el motivo. No muestra deudas con la comunidad de propietarios ni el IBI impagado. El vendedor debe darte un certificado de deudas con la comunidad antes de firmar, en Madrid igual que en Cataluña.
La nota simple es el documento más barato de toda la compra, y el que más gente se salta. Pídela antes de pagar ninguna señal.
El Registro de la Propiedad es estatal, así que el documento, su precio y la sede electrónica son los mismos tanto si el piso está en Madrid como en Barcelona o en un pueblo de Galicia. Lo que cambia según la comunidad autónoma es la norma sobre las deudas con la comunidad de propietarios, que verás más abajo.
Qué muestra y qué no
| Muestra | No muestra |
|---|---|
| La descripción del inmueble (dirección, planta, puerta, superficie inscrita) | Deudas de cuotas de la comunidad |
| El propietario o propietarios, y su cuota | IBI (impuesto sobre bienes inmuebles) impagado |
| Hipotecas | El estado físico del piso |
| Embargos anotados | Obras hechas sin licencia |
| Usufructos, servidumbres y otros derechos | Licencias turísticas, cédula, ITE |
| Limitaciones de los propietarios (p. ej. notas de concurso) | Nada que no se haya inscrito nunca |
Fuente: Registradores. Las deudas con la comunidad y el IBI impagado quedan ligados al piso por ley aunque no estén inscritos, así que hay que comprobarlos por otro lado (más abajo).
Cómo pedirla online
- Entra en la sede electrónica de los Registradores (Registradores).
- Busca por dirección, número de finca registral o código IDUFIR/CRU. Buscar por el nombre del propietario requiere certificado digital.
- Indica el motivo, por ejemplo "posible compra". El registrador debe aceptarlo como interés legítimo. No necesitas el permiso del propietario, aunque este puede saber quién la pidió.
- Paga 9,02 € + IVA (Registradores).
- Recibes un enlace al PDF por correo electrónico, normalmente en pocas horas. Las páginas oficiales hablan de entre menos de dos horas y 24 horas.
También existe la nota online (12,03 € + IVA), que se mantiene actualizada durante 10 días. Es útil si estás a punto de firmar (blog de los Registradores).
Cómo leerla
- En la descripción, comprueba que la planta y la puerta coinciden con el piso que viste, y que la superficie inscrita está en el mismo rango que la del anuncio (consulta la guía de los metros cuadrados).
- En los titulares (titularidad), los nombres deben coincidir con quienes venden. Si hay tres propietarios (herederos, una expareja), los tres deben firmar, así que pregunta pronto si están de acuerdo.
- En las cargas:
- Una hipoteca es normal. Se paga y se cancela en la notaría el día de la firma.
- Un embargo es una señal de alarma: alguien tiene una deuda pendiente y un derecho sobre el piso. No pagues ninguna señal hasta saber cómo se va a levantar.
- Las notas fiscales breves (afecciones fiscales) son rutinarias.
Si algo te suena a chino, envíaselo a tu abogado antes de las arras.
Nota simple frente a certificación
La nota simple es solo informativa y no prueba nada frente a terceros; la prueba legal de lo inscrito es la certificación registral. Una certificación de cargas cuesta unos 24,04 € antes de impuestos (Registradores). Para una compra normal, basta con la nota simple más la consulta al Registro que hace el propio notario.
Deudas con la comunidad: Madrid y Cataluña
Las deudas con la comunidad no están en el Registro, pero el piso responde de una parte de ellas después de que lo compres. Cuántos años atrás depende de dónde esté.
En Madrid y en la mayor parte de España se aplica la Ley de Propiedad Horizontal estatal (art. 9.1.e). El comprador responde con el piso de los gastos generales impagados de la parte ya vencida del año en curso y de los tres años naturales anteriores (BOE).
En Cataluña se aplica en su lugar el Código Civil catalán (Ley 5/2015, BOE). El piso responde de las deudas con la comunidad (cuotas ordinarias, derramas y fondo de reserva) de la parte ya vencida del año en curso y de los cuatro años naturales anteriores.
Con las dos normas, el vendedor debe declarar ante notario si el piso está al corriente de pago y entregar un certificado de deudas del secretario de la comunidad. Sin él no se puede firmar la escritura, salvo que renuncies expresamente. No renuncies. Según la ley estatal, el secretario debe emitir el certificado en un máximo de siete días desde que se le pide.
IBI impagado
Pide al vendedor el último recibo del IBI. El impuesto impagado también sigue al piso, y el notario debe pedir información sobre las deudas de IBI y advertirte de ellas en la firma (Ley de Haciendas Locales, art. 64, BOE). Es fácil de comprobar y fácil de olvidar.
Preguntas
- ¿Cómo sé si un piso tiene cargas o está embargado?
- Pide una nota simple en la sede electrónica de los Registradores. Las hipotecas y los embargos anotados aparecen en el apartado de cargas.
- ¿Cuánto cuesta una nota simple?
- 9,02 € más IVA, y la recibes por correo electrónico.
- ¿Necesito el permiso del propietario?
- No, pero debes indicar un motivo legítimo, y el propietario puede ver quién la pidió.
- ¿La nota simple muestra las deudas con la comunidad?
- No. El vendedor debe darte un certificado del secretario de la comunidad. En Madrid y en la mayor parte de España el piso responde del año en curso más los tres anteriores; en Cataluña, más los cuatro anteriores.
- ¿La nota simple es igual en todas las comunidades autónomas?
- Sí. El Registro de la Propiedad es estatal: mismo documento, mismos 9,02 € + IVA y misma sede electrónica.
- ¿La nota simple es una prueba legal?
- No. Es informativa. La prueba legal es la certificación registral.
Fuentes
- Registradores: qué contiene una nota simple
- Registradores: sede electrónica
- Registradores: precio de una nota simple
- Registradores: la nota online
- Registradores: nota simple frente a certificación
- Ley de Propiedad Horizontal, art. 9.1.e (BOE)
- Ley 5/2015, libro V del Código Civil de Cataluña, art. 553-5 (BOE)
- Ley de Haciendas Locales (RDL 2/2004), art. 64 (BOE)


